Un día después de la audiencia histórica en la Corte Constitucional, el Tribunal de Turín cuestiona la constitucionalidad de la Ley de Ciudadanía

Decisión del juez Fabrizio Alessandria señala la violación de principios fundamentales de la Constitución Italiana y de tratados internacionales al excluir retroactivamente el derecho a la ciudadanía italiana por descendencia

En un giro judicial que añade aún más tensión al ya complejo panorama de la ciudadanía italiana, el Tribunal de Turín remitió el 25 de junio a la Corte Constitucional una incisiva cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 3-bis de la Ley n.º 91/1992, introducido por el Decreto-Ley n.º 36/2025 y convertido en la Ley n.º 74/2025.

La decisión se produjo un día después de la histórica audiencia celebrada por la Corte Constitucional en Roma, el 24 de junio de 2025, convocada para analizar cuatro cuestiones similares planteadas por los tribunales de Bolonia, Roma, Florencia y Milán, estas últimas sin embargo en sentido contrario a la de Turín. La sesión, considerada la más concurrida en la historia de la Corte, contó con la presencia de miles de italo-descendientes y del equipo de la Revista Insieme, único medio de comunicación presente en la sala.

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En la nueva decisión, el juez Fabrizio Alessandria sostiene que la norma impugnada — el artículo 3-bis, que impide retroactivamente el reconocimiento de la ciudadanía italiana por descendencia si no se presentó solicitud antes del 27 de marzo de 2025 — constituye, en la práctica, una revocación implícita y retroactiva de la ciudadanía italiana, sin base constitucional legítima.

El juez considera que la nueva norma vulnera gravemente los principios de igualdad, confianza legítima y seguridad jurídica, al destacar que la ciudadanía iure sanguinis siempre ha sido reconocida, durante más de un siglo, como un derecho originario del descendiente de italiano y no como un beneficio sujeto a plazos administrativos.

Según la decisión, la retroactividad de la norma viola los artículos 2.º, 3.º, 22 y 117 de la Constitución Italiana, además de contradecir compromisos internacionales asumidos por Italia, entre ellos el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que establecen la ciudadanía europea; el Cuarto Protocolo Adicional al Convenio Europeo de Derechos Humanos, que garantiza el derecho a entrar al propio país; y la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo artículo 15 prohíbe la privación arbitraria de nacionalidad.

La decisión también se basa en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que, en casos como Rottmann, Tjebbes y el reciente X contra Dinamarca, condenó la pérdida automática de la ciudadanía cuando no se garantizan mecanismos adecuados de defensa y proporcionalidad.

El juez Alessandria concluye que la norma italiana es arbitraria, carente de un régimen transitorio, y afecta directamente derechos adquiridos, ya que se aplica incluso a descendientes ya nacidos y con ascendencia documentada, pero que aún no habían formalizado su solicitud de reconocimiento de ciudadanía.

Se trata, indica la sentencia, de un cambio abrupto en uno de los pilares de la ciudadanía italiana, basado en criterios retroactivos y carentes de razonabilidad, sin comparación en el resto de la legislación europea.

Como consecuencia, el proceso en Turín queda suspendido a la espera de una decisión de la Corte Constitucional, que deberá pronunciarse sobre si la revocación retroactiva de la ciudadanía por descendencia es o no compatible con la Carta Magna italiana.

La decisión del juez de Turín representa un hito simbólico y jurídico importante, que aumenta la presión sobre la Corte Constitucional — que ahora deberá examinar seis impugnaciones formales — y reaviva la esperanza de miles de descendientes de italianos en Brasil y en el mundo, directamente afectados por la nueva normativa.

Todos os lugares disponíveis na Sala de Audiências do Tribunal Constitucional italiano foram tomados. {Fotos Desidério Peron/Insieme)

La audiencia histórica del día anterior

La audiencia del 24 de junio, en la que el equipo de abogados también solicitó que la Corte se pronunciara sobre la nueva ley (los procesos impugnaban la constitucionalidad de la legislación previa al llamado “Decreto de la Vergüenza”), pasó a la historia de la Corte Constitucional italiana como la más concurrida jamás registrada en la sala de audiencias.

La movilización de la diáspora italiana, especialmente de brasileños y argentinos, llevó al palacio del tribunal constitucional a más de cien personas, entre abogados, activistas y ciudadanos interesados, además de la cobertura activa de la Revista Insieme. Un elevado número de solicitudes de acreditación no pudo ser atendido debido a la limitada capacidad del edificio.

La decisión del juez de Turín, dictada al día siguiente, refuerza la gravedad de las dudas constitucionales que rodean al llamado Decreto Tajani y aumenta la presión sobre la Corte, que deberá ahora deliberar sobre múltiples impugnaciones convergentes — aunque formalmente independientes — contra la misma disposición legal.

Sala com telão lotada para acompanhar o desenrolar dos fatos na Sala de Audiências (Fotos Daniel Taddone)