Nueva circular del Ministerio del Interior de Italia detalla la aplicación de la “Ley de la Vergüenza” para hijos menores de italianos en el exterior

Mientras el propio Presidente de la República, Sergio Mattarella, admite la posibilidad de cambios en el Decreto de la Vergüenza – inspirado por su ministro de Asuntos Exteriores, Antonio Tajani – el Ministerio del Interior emite nuevas orientaciones sobre el tema.

El Ministerio del Interior de Italia acaba de publicar la Circular n.º 59/2025, que establece las primeras instrucciones operativas para los oficiales del estado civil sobre la aplicación de la nueva legislación sobre ciudadanía italiana, convertida en la llamada “Ley de la Vergüenza”. El enfoque central del documento es la regulación de los procedimientos para la concesión de la ciudadanía italiana a los hijos menores de italianos nacidos en el extranjero, que ahora dejan de ser reconocidos automáticamente como ciudadanos por derecho de sangre (iure sanguinis) y pasan a depender de un proceso de adquisición “por beneficio de ley”.

Dirigida a los prefectos de toda Italia, además de a órganos regionales y nacionales involucrados en la administración de los registros civiles, la circular (cuyo protocolo de salida es 0012624 de fecha 17/06/2025) está firmada por el director central De Vito y detalla los modelos de declaración que deben ser utilizados por los padres o tutores legales. Los responsables tendrán un plazo de hasta un año tras el nacimiento del hijo – o a partir de la constitución del vínculo de filiación, incluso por adopción – para presentar la solicitud de ciudadanía a favor del menor. También existe la posibilidad de adquisición posterior, en caso de que el menor resida legalmente en Italia durante al menos dos años consecutivos.

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Según la Circular n.º 59/2025, todas las declaraciones realizadas con este objetivo, al tratarse de actos de ciudadanía, deberán ser obligatoriamente registradas en el libro de ciudadanía del municipio. Hasta que se apruebe una nueva fórmula oficial mediante decreto del Ministro del Interior, los oficiales están autorizados a utilizar versiones adaptadas de modelos existentes desde 2002, como la Fórmula 79, ya debidamente ajustada en los anexos de la circular.

También se ha establecido una norma de carácter transitorio: los menores que, al 24 de mayo de 2025 (fecha de entrada en vigor de la nueva ley), ya fueran hijos de ciudadanos italianos por nacimiento, tendrán plazo hasta el 31 de mayo de 2026 para que los padres o tutores presenten la declaración de voluntad para la adquisición de la ciudadanía.

La circular también regula el derecho de renuncia a la ciudadanía por parte de los jóvenes que, al alcanzar la mayoría de edad y poseer otra nacionalidad, hayan adquirido la ciudadanía italiana según el nuevo procedimiento. Para estos casos, se utilizará la Fórmula 88, también ya prevista en la normativa anterior.

Otro aspecto abordado es la reapertura del plazo para la recuperación de la ciudadanía italiana, válido entre julio de 2025 y diciembre de 2027, para ex ciudadanos nacidos en Italia o residentes en el país por al menos dos años antes de agosto de 1992, que hayan perdido la ciudadanía según la antigua legislación de 1912.

La publicación de la circular responde a una de las principales demandas planteadas en las últimas semanas por juristas especializados, como el abogado Cristiano Girardello, quien había advertido sobre el riesgo de inseguridad jurídica y parálisis administrativa en los registros civiles y consulados italianos. En diversas entrevistas y artículos, Girardello ya había defendido con énfasis la necesidad urgente de que el Ministerio del Interior emitiera instrucciones claras sobre cómo debían proceder los oficiales del estado civil frente a la nueva realidad impuesta por la ley.

La decisión de permitir el uso adaptado de modelos de declaraciones ya existentes – como la Fórmula 79 – y de establecer un procedimiento detallado para los procesos de adquisición, renuncia y recuperación de la ciudadanía italiana sigue, en la práctica, exactamente la línea de orientaciones que Girardello había propuesto públicamente. El abogado fue uno de los primeros en señalar que, sin una orientación técnica oficial, los órganos consulares y los propios municipios podrían adoptar interpretaciones contradictorias, perjudicando a miles de familias de italianos en el exterior.

A pesar de la nueva circular, líderes comunitarios, abogados y representantes políticos de la diáspora siguen denunciando los efectos excluyentes de la nueva ley. En particular, crece el temor de que muchas familias, especialmente en América Latina, no logren cumplir los nuevos requisitos dentro de los plazos establecidos, agravando aún más el ya conocido problema de las largas listas de espera y los retrasos en los servicios consulares.

La atención ahora se centra en la audiencia pública programada para el próximo 24 de junio en el Tribunal Constitucional italiano.